La Ley de Control de Potencial Vitícola que regula el régimen jurídico para la plantación de superficie de viñedo en La Rioja, conforme a la normativa comunitaria y estatal, ha empezado 2022 con cambios.
En concreto, a partir de ahora, será constitutivo de infracción administrativa leve y susceptible de ser sancionado con multa de hasta 2.000 euros, pudiendo rebasarse este importe en función de la extensión de la superficie que afecte a la infracción, la comunicación de arranque fuera del plazo establecido reglamentariamente, la comunicación del arranque sin previa solicitud de arranque, la solicitud de replantación sin cumplir los trámites previos al arranque, o la falta de comunicación de replantación en el plazo establecido reglamentariamente. Estas infracciones prescribirán al año.
Por otro lado, la modificación de la ley prevé otro cambio importante. Y es que, si la plantación no autorizada hubiera entrada en producción antes del arranque, se practicará control en campo para verificar si el titular ha recogido la producción. De tal forma que, en el caso de que así fuera, se deberá acreditar la destilación de la producción antes del 31 de diciembre de la campaña en que se haya recogido la producción.
En este caso, si hubiese incumplimiento, la infracción será considerada grave y susceptible de ser sancionado en una cuantía que se corresponderá al quíntuplo del valor de la producción afectada, que se calculará multiplicando la producción anual media por hectárea de viñedo en La Rioja durante los quince años anteriores por el precio medio ponderado en el mismo periodo.