Nuevos plazos para la gestión del viñedo

El Gobierno de La Rioja ha aprobado el nuevo Decreto de Potencial Vitícola con novedades en lo que a plazos de presentación se refiere, y al registro de viñedo con respecto al cambio de cultivador.

Respecto a los plazos de solicitudes, las relacionadas con la autorización de arranque se podrán presentar hasta el 15 de febrero, inclusive. Para la comunicación de arranque, el plazo de presentación será de hasta el 30 de abril, inclusive. En relación a las solicitudes de replantación anticipada, podrán presentarse en cualquier momento, aunque solo aquellas que se presenten antes del 1 de mayo, tendrán la garantía de ser resueltas en la campaña en que se hayan presentado.

Lo mismo sucede con las solicitudes de autorización de replantación: podrán presentarse en cualquier momento, si bien aquellas presentadas antes hasta el 30 de junio, podrán ser resueltas en la campaña. Además, una vez ejecutada la replantación, el viticultor deberá comunicarlo en el plazo de tres meses, siempre antes de la caducidad de la autorización, porque de lo contrario será considerado plantado sin autorización.

Por otro lado, y en lo que afecta a la modificación del registro de viñedo para el cambio de cultivador cuando éste no sea el propietario, y la disponibilidad de la superficie de la que se solicita se ha obtenido a través de un contrato de arrendamiento, únicamente se autorizará la modificación cuando hayan transcurrido, al menos, tres campañas desde la campaña en la que se plantó el viñedo en la parcela para la que se ha solicitado el cambio de viticultor, siempre que este cambio no sea debido a causa de fuerza mayor.

 

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