ARAG-ASAJA desea informar a los viticultores acerca de las novedades que incluye la modificación del Decreto 66/2022 de potencial vitícola de La Rioja.
En este sentido se introducen cambios en la tramitación de las solicitudes de autorización de arranque de viñedo, especialmente cuando el solicitante no es el propietario de la parcela.
La principal novedad es la eliminación del requisito de acreditar la disponibilidad del viñedo durante, al menos, las dos cosechas anteriores a la campaña en la que se solicita el arranque. Será suficiente con presentar el consentimiento expreso del propietario de la parcela, en los términos establecidos en la disposición adicional única del Decreto 66/2022.
Este requisito también se aplicará a las parcelas cuya disponibilidad se haya obtenido mediante un contrato de arrendamiento u otro documento de tenencia admitido en derecho. En estos casos, deberá acreditarse igualmente el consentimiento expreso del propietario para realizar el arranque.
Asimismo, el decreto adapta la regulación de los arranques vinculados a procedimientos de concentración parcelaria, de manera que será necesario contar con el consentimiento expreso del propietario cuando las parcelas que se pretenda arrancar no pertenezcan al interesado.
La modificación será aplicable a todas las solicitudes presentadas desde el 1 de agosto de 2026. Para más información, ponte en contacto con tu sede de ARAG-ASAJA más cercana.


