Durante los tres primeros meses de 2024, los ganaderos tienen una serie de obligaciones de notificación e información con la administración que detallamos a continuación.
Los titulares de explotaciones ganaderas, excepto las de vacuno, deben notificar su Censo Anual antes del 1 de marzo. Esta comunicación puede realizarse desde el 1 de enero de 2024 a través de la Gestión Telemática Ganadera o en las oficinas de registro de cada comarca ganadera. Por otra parte, los titulares de explotaciones autorizadas para la utilización de cadáveres como alimentación para especies necrófagas, están obligados a notificar el Registro de Alimentación de dichas especies también antes del 1 de marzo a través del cauce anteriormente mencionado.
Los ganaderos que fabrican pienso para su explotación con molinos autorizados deben devolver completada la Declaración de Fabricantes de Piensos compuestos antes del 31 de enero de 2024, mientras que los ganaderos con Autorización Ambiental Integrada deben realizar el Informe Anual cuya fecha de entrega se indicará en la documentación proporcionada para ello por Medio Ambiente. Dicho informe será obligatorio para instalaciones de cría intensiva de aves de corral con más de 40.000 emplazamientos si se trata de gallinas ponedoras o para otras orientaciones productivas de aves, así como para instalaciones de cría de cerdos con más de 2.000 emplazamientos de más de 30 kilos y 750 emplazamientos para cerdas.