ARAG-ASAJA desea recordar a los ganaderos las obligaciones de notificación e información con la administración que tienen a lo largo de los tres primeros meses del año.
Los titulares de explotaciones ganaderas, excepto las de vacuno, equino, ovino y caprino (éstas dos últimas tendrán que declarar los animales que no tengan identificación individual), deben notificar su Censo Anual antes del 1 de marzo de 2026.
Por otra parte, los titulares de explotaciones autorizadas para la utilización de cadáveres como alimentación para especies necrófagas están obligados a notificar el Registro de Alimentación de dichas especies también antes del 1 de marzo de 2026.
Los ganaderos que fabrican pienso para su explotación con molinos autorizados deben devolver completada la Declaración de Fabricantes de Piensos compuestos antes del 31 de enero de 2026.
También es importante indicar que el plazo para la presentación de las declaraciones de ECOGAN finaliza el 1 de marzo de 2026 para aquellos ganaderos de porcino y aves, a excepción de explotaciones reducidas y de autoconsumo, que hayan experimentado modificaciones con respecto al año anterior.
Además, como novedad, este año deberán realizar la declaración de ECOGAN las explotaciones de vacuno intensivas y semiextensivas del grupo IV y las nuevas pertenecientes al grupo III.


