La página web del Gobierno de La Rioja ha habilitado el trámite para la presentación de las solicitudes ligadas a las excepciones al cumplimiento de las BCAM de condicionalidad reforzada.
Los agricultores deben presentar su solicitud de autorización excepcional en el caso de querer llevar a cabo la quema de rastrojos exclusivamente por razones de fitosanitarias (BCAM 3), o también para realizar un tratamiento de control de plagas por razones fitosanitarias en las franjas de protección de los cursos de agua (BCAM 4). Otra de las excepciones que exigen solicitud y autorización previa es la eliminación de la cubierta vegetal en cultivos leñosos por competencia con el cultivo, porque se imposibilite su recolección o por reparación de terreno (BCAM 6).
En el caso de que el agricultor opte por labrar en la dirección de la máxima pendiente por riesgo de vuelco de maquinaria y por consiguiente peligro para los operarios (BCAM 5), éste deberá presentar una declaración responsable antes del inicio de dichas operaciones. De la misma manera, también es obligatorio este trámite para labrar en dirección de la máxima pendiente en cultivos leñosos implantados antes del 1 de enero de 2023, cuando no se permita labrar transversalmente a la dirección de máxima pendiente (BCAM 5).
La tramitación de estas solicitudes y las declaraciones responsables se realizarán a través de la siguiente dirección electrónica: www.larioja.org/pac.
ARAG-ASAJA recuerda a los agricultores interesados que pueden recibir asesoramiento sobre estos trámites en cualquiera de las oficinas de la organización agraria.